Requisitos para la Ayuda Cheque Innovación
Índice de contenidos
- Requisitos para la Ayuda Cheque Innovación
- ¿Qué es la ayuda Cheque Innovación?
- ¿De qué cantidad es la ayuda y cuándo se recibe?
- ¿Cuál es el plazo para ésta la ayuda Cheque Innovación?
- ¿Cuál es la finalidad de ésta ayuda?
- Si tienes dudas sobre si la finalidad de tu acción te sirve para solicitar la ayuda puedes:
- Exclusiones
- ¿Es compatible con otras ayudas?
- ¿Qué documentación tengo que presentar para la ayuda Cheque Innovación?
- ¿Cómo lo tramito?
– Tener un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
– Ser considerado pequeña empresa, es decir:
– Que el volumen o balance general anual no supere los 10 millones de euros.
– Tengan menos de 50 personas.
– Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
¿Los cumples? pues te desglosamos un poquito más:
¿Qué es la ayuda Cheque Innovación?
Es una ayuda directa, para incentivar el uso de innovación y la transferencia de tecnología en las pequeñas empresas a través de Centros Tecnológicos, Universidades y Organismos de Investigación o a través de empresas proveedoras especializadas de servicios de I+D+i para la implementación de la innovación como valor añadido.
¿De qué cantidad es la ayuda y cuándo se recibe?
La cantidad de ésta ayuda oscila entre los 4.000€ y los 11.000 euros.
Se recibe una vez estudiada la solicitud por la Administración Regional, y el abono se realiza mediante anticipo a cuenta sin aval.
¿Cuál es el plazo para ésta la ayuda Cheque Innovación?
Actualmente vigente desde el 12 de Julio 2016 hasta el agotamiento de los fondos, el total de éstos asciende a 3 millones de euros. Todas las solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos serán resueltas positivamente mientras exista crédito disponible.
Se encuentra dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para incentivar el uso de servicios de innovación en las pequeñas empresas en el periodo 2014-2020, Acuerdo del Consejo de Gobierno y de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOCM nº 163, 11 de julio y BOCM nº 172, 20 de julio).
Las solicitudes se ayuda se gestionarán y serán resultas por su orden cronológico de presentación en que reúnan toda la documentación exigida.
¿Cuál es la finalidad de ésta ayuda?
Realizar una acción subvencionable, como puede ser:
– Validación experimental de nuevos prototipos de procesos piloto
– Nuevos métodos y materiales
– Diseño de nuevos productos diferenciales
– Fomento de nuevos modelos de negocio vinculados a la industria 4.0.
– Transformación de procesos de fabricación
– Estudios de viabilidad tecnológica e industrial
– Actuaciones de desarrollo precompetitivo
– Ecodiseño de productos y servicios
– Protección de la Innovación
Si tienes dudas sobre si la finalidad de tu acción te sirve para solicitar la ayuda puedes:
- Llamar al 012 (L-V de 08:00-22:00h y S-D-Festivos de 10:00-22:00h);
- Por correo electrónico a [email protected]
- A través del twitter @012cmadrid
- A través del chat Chat012
Exclusiones
– Inversiones que superen los 14.800 euros (IVA excluido).
– Que la suma de varias ayudas concedidas exceda de 200.000€ durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.
¿Es compatible con otras ayudas?
Si, siempre que no se supere el coste de la actividad o el proyecto subvencionado de forma aislada o con otras ayudas, subvenciones, recursos o ingresos.
¿Qué documentación tengo que presentar para la ayuda Cheque Innovación?
La solicitud de la ayuda junto con el resto de documentación te indicamos el enlace: Acceder a la ayuda Cheque
Toda la tramitación necesaria durante el procedimiento se realizará por vía telemática. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
¿Cómo lo tramito?
En el caso de ésta ayuda únicamente se puede realizar de forma telemática, bien a través de los medios electrónicos habilitados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o bien ante cualquier Administración Pública adherida a la Oficina de Registro Virtual de Entidades (ORVE).
La ORVE interconecta las oficinas de registro de la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y todos los ayuntamientos de la región, permitiendo al ciudadano la remisión de documentos electrónicos presentándose en cualquiera de las oficinas de registros de dichas Administraciones.
¿Necesitas más información sobre ésta ayuda? te dejamos el link donde puedes encontrar la información y solicitar la ayuda. Acceder a la Ayuda Cheque
Gracias por leernos! Equipo Ayudas Autónomos
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