Información oficial sobre las medidas aprobadas por el Gobierno para los autónomos por la crisis del coronavirus. Todos y cada uno de los trámites y requisitos mínimos para acogerse a las ayudas.
La crisis provocada por el Covid-19 está provocando sobre un gravísimo inconveniente a nivel sanitario. Sin embargo, asimismo supone un muy fuerte revés para la economía de los países perjudicados.
Es por este motivo que las autoridades han debido establecer una serie de ayudas para los autónomos que han debido interrumpir o bien reducir su actividad a raíz de esta alarma. Te contamos cómo solicitar las ayudas para autónomos perjudicados por coronavirus en España.
Índice de contenidos
- ➡️¿Qué autónomos pueden pedir la ayuda por coronavirus?
- ➡️¿Cuánto cobra el autónomo?
- ➡️¿Cuánto tiempo tardan en conceder la ayuda Covid-19?
- ➡️¿Cuánto tiempo dura este subsidio especial?
- ➡️¿El autónomo debe pagar las cuotas a la Seguridad Social?
- ➡️Motivos para denegar la ayuda a autónomos afectados por coronavirus
Podrán solicitar la ayuda estatal por la crisis del Covid-19 todos los autónomos de España que se encuentren en una de las 2 situaciones siguientes:
- Que hayan debido ver interrumpida la actividad de su negocio por resolución gubernativo. Este es el caso, por poner un ejemplo, de casi todos los comercios que no se dediquen a la nutrición, estancos y farmacias.
- Aquellos cuya actividad no se haya visto de manera directa interrumpida, mas sí perjudicada de manera que puedan acreditar que la facturación en el mes anterior a la petición de la prestación se ha visto reducida por lo menos un setenta y cinco por ciento en relación al promedio del semestre precedente.
También deberán cumplir estos 2 requisitos:
- Estar dado de alta como autónomo el uno de marzo de dos mil veinte, cuando se declaró el estado de alarma en España.
- Estar al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social. Para el pago de este último mes se establece una moratoria de treinta días.
¿Y la ayuda de la Generalitat?
La Generalitat también ha habilitado una ayuda para los afiliados al RETA que tengan su domicilio fiscal en Cataluña, y que van a poder pedir desde el 1 de abril caso de que cumplan el próximo requitisitos:
- Acreditar pérdidas económicas comparando la facturación de marzo de 2020 con con respecto a marzo de dos mil diecinueve. En en el caso de que la antigüedad del negocio no llegue a un año, la propia Generalitat calculará el promedio de facturación mensual desde el momento en que el autónomo se dio de alta.
➡️¿Cuánto cobra el autónomo?
La prestación estatal dependerá de la cotización que el autónomo haya mantenido hasta el instante de la petición. La cuantía va a ser el 70 por ciento de la base reguladora por la que se estuviese cotizando. Prácticamente el noventa por ciento de los autónomos cotizan por la base mínima, con lo que este colectivo cobraría 660,8 euros por mes.
Conforme aumente la base de cotización, lo va a hacer asimismo la prestación. No obstante, se establece un máximo que va a depender de si el autónomo tiene hijos a su cargo o bien no:
- Si no se tienen hijos a cargo, el máximo a cobrar son 1.098,09 euros.
- En caso de sí tenerlos, las cuantías máximas quedan así:
- 1.254,96 euros si se tiene solo un hijo.
- 1.411,83 euros si se tienen más.
¿Qué cuantía se cobra por la ayuda de la Generalitat?
Por otro lado, la ayuda que ha habilitado la Generalitat consiste en un pago único de hasta dos mil euros que se concederá hasta agotar fondos, con una dotación de siete con cinco millones de euros.
➡️¿Cuánto tiempo tardan en conceder la ayuda Covid-19?
De momento no se sabe cuándo se van a comenzar a dar estas ayudas. En cuanto tengamos información oficial al respecto, lo daremos a conocer lo antes posible.
➡️¿Cuánto tiempo dura este subsidio especial?
La prestación estatal va a tener una duración de un mes o bien hasta el último día del estado de alarma, en en el caso de que este dure más de un mes. Este tiempo se considerará cotizado, y no reducirá los periodos de prestación por cese de actividad a los que pueda tener derecho el adjudicatario en el futuro.
Como hemos comentado ya, la ayuda de la Generalitat se materializará en un pago.
➡️¿El autónomo debe pagar las cuotas a la Seguridad Social?
No, si el autónomo se acoge a esta prestación no debe abonar la cuota de la seguridad Social a lo largo del mes que la tenga reconocida. Aquellos a los que se les rechace o bien no la pidan sí deberán abonar la cuota.
Se puede rechazar la prestación si no se cumplen los requisitos establecidos para acceder a ella. Por servirnos de un ejemplo, si el autónomo sigue su actividad y si bien haya tenido pérdidas, estas no representan por lo menos un setenta y cinco por ciento respecto al periodo de referencia.
Caso diferente es la ayuda de la Generalitat, que queda sujeta a discrecionalidad del organismo, que decide qué autónomo está en su derecho a cobrarla y cuál no. Sin embargo, el Departament de Treball ya ha dado a conocer que van a primar aquellos casos en los que se pueda acreditar una afectación mayor, y que la extensión de las ayudas se marcha a limitar a los siete con cinco millones de euros de los que se dispone para exactamente las mismas.
Accede a todas las Ayudas para Autónomos & Pymes que hay disponibles
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