En este artículo hablaremos sobre un tema de gran importancia para los autónomos: el derecho a paro. Muchas personas creen que al ser trabajadores autónomos no tienen derecho a esta ayuda económica, ¡pero están equivocados! Descubre cómo puedes acceder a esta ayuda y qué requisitos debes cumplir. ¡No te pierdas esta información clave para tu futuro como autónomo!
Índice de contenidos
¿Sabías que los autónomos también tienen derecho a prestación por desempleo? Conoce tus derechos como trabajador por cuenta propia
¡Claro que sí! Los autónomos también tienen derecho a prestación por desempleo. Esto se debe a que desde el año 2019, los trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado al régimen especial de autónomos durante un mínimo de 12 meses pueden tener acceso a una prestación por cese de actividad.
Es importante conocer tus derechos como trabajador autónomo para poder hacer uso de ellos en caso de necesidad. Además, existen otras prestaciones y ayudas a las que puedes optar como autonomo, como la tarifa plana de autónomos, deducciones fiscales, entre otros.
Recuerda que aunque ser autónomo puede presentar ciertas dificultades, también te brinda libertad y flexibilidad en tu trabajo. Así que, ¡sigue luchando por tus sueños y no dejes de informarte sobre tus derechos y beneficios como trabajador autónomo!
👇Mira tambiénTodo lo que necesitas saber sobre el IGIC y su porcentaje en CanariasPreguntas Frecuentes
¿Qué requisitos debe cumplir un autónomo para tener derecho a la prestación por desempleo?
Para tener derecho a la prestación por desempleo como autónomo, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
– Estar afiliado y en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
– Haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses consecutivos.
– Encontrarse en situación de cese involuntario de la actividad económica.
– Acreditar la búsqueda activa de empleo durante el periodo de percepción de la prestación.
– No haber alcanzado la edad de jubilación.
– No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el periodo de percepción de la prestación.
Es importante mencionar que, desde julio de 2021, se han producido cambios en relación a esta prestación, ampliando el acceso y mejorando las condiciones para los autónomos que se hayan visto afectados por la pandemia de la COVID-19.
¿Cómo solicitar el paro siendo autónomo y cuánto se puede cobrar de prestación?
¿Cómo solicitar el paro siendo autónomo y cuánto se puede cobrar de prestación?
Los trabajadores autónomos que cesan su actividad laboral tienen derecho a solicitar la prestación por cese de actividad o «paro de autónomos». Para ello es necesario estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y haber cotizado por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) durante al menos 12 meses.
👇Mira también¿Presentaste el modelo 111 fuera de plazo? Descubre las consecuencias y cómo solucionarloProcedimiento para solicitar el paro de autónomos:
1. Presentar la solicitud: El autónomo debe presentar la solicitud de la prestación por cese de actividad ante la entidad gestora correspondiente (en general, el Servicio Público de Empleo Estatal).
2. Justificar el cese de actividad: Es necesario acreditar documentalmente el cese de la actividad laboral.
3. Acreditar el tiempo mínimo de cotización: El autónomo debe demostrar que ha cotizado por contingencias profesionales durante un mínimo de 12 meses.
4. Presentar los documentos requeridos: La entidad gestora puede requerir otros documentos como contrato de arrendamiento, certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social o declaración de renta.
👇Mira también¿Qué cambios traerá el cese de actividad para los Autónomos en el 2023?5. Esperar la resolución: La entidad gestora tiene un plazo máximo de 3 meses para resolver la solicitud.
Cuánto se puede cobrar de prestación:
La cuantía de la prestación dependerá de la base de cotización del autónomo durante los últimos 12 meses cotizados. El importe mensual será el 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses, y a partir del séptimo mes se reducirá al 50%. La duración máxima de la prestación es de 12 meses.
Es importante destacar que, para seguir percibiendo la prestación, el autónomo debe estar buscando activamente trabajo y cumplir con las obligaciones laborales correspondientes.
¿Es posible compatibilizar la actividad como autónomo con el cobro del paro?
Sí, es posible compatibilizar la actividad como autónomo con el cobro del paro siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por ley. Esta modalidad se conoce como «capitalización del paro».
👇Mira tambiénCómo prepararse para el IVA del segundo trimestre de 2023 como AutónomoPara poder capitalizar el paro, el autónomo debe haber cotizado como mínimo 12 meses y tener derecho a un pago de prestaciones por desempleo. Además, deberá solicitar la capitalización del paro en el plazo máximo de los 15 días siguientes al inicio de su actividad como autónomo.
La capitalización del paro se puede utilizar para diferentes fines, como el pago de la cuota de autónomos, la inversión en la actividad o la financiación de gastos iniciales. En función del caso, se podrá recibir el total o una parte de la cantidad correspondiente a la prestación por desempleo.
Es importante tener en cuenta que, durante el periodo en que se está cobrando el paro y se realiza actividad como autónomo, se deben llevar a cabo una serie de obligaciones. Por ejemplo, se debe comunicar cualquier cambio en la actividad o en la situación económica, y se deben presentar las declaraciones fiscales correspondientes.
En definitiva, es posible compatibilizar la actividad como autónomo con el cobro del paro mediante la capitalización del mismo, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos y se cumplan las obligaciones correspondientes.
En conclusión, todo autónomo que cotice por contingencias profesionales tiene derecho a solicitar el subsidio por desempleo una vez finalizada su actividad profesional. Es importante tener en cuenta que se deben cumplir con ciertos requisitos para poder acceder a este beneficio, como haber estado dado de alta y cotizando durante un mínimo de doce meses y haber cesado su actividad por motivos involuntarios.
👇Mira tambiénTodo lo que necesitas saber sobre la carta modelo 347 para autónomos en EspañaAunque esta medida aún no está exenta de ciertas limitaciones, es un avance significativo para los trabajadores autónomos que antes no contaban con ningún tipo de protección en caso de cese de actividad. Por ello, es fundamental que como autónomos sepamos nuestros derechos y estemos informados sobre las medidas de protección que nos corresponden.
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