Todo lo que necesitas saber sobre las facturas con retención para el Modelo 347

En este artículo vamos a hablar sobre uno de los modelos más importantes para los Autónomos, el modelo 347. En concreto, nos centraremos en las facturas con retención, ya que es un aspecto clave a tener en cuenta a la hora de presentar este modelo. Veremos qué son las facturas con retención, qué implicaciones tienen y cómo incluirlas correctamente en el modelo 347. ¡No te lo pierdas!

Todo lo que debes saber sobre la facturación con retención en el Modelo 347 para autónomos

El Modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los autónomos y empresas para informar a Hacienda sobre las operaciones realizadas con terceros. Esta declaración permite a la Administración Tributaria controlar las operaciones económicas entre diversas empresas y autónomos.

En el caso de los autónomos y profesionales que trabajan por cuenta propia, la principal implicación del Modelo 347 es en relación a la facturación con retención. Cuando un autónomo emite una factura con retención, debe incluir esta información en el Modelo 347, indicando el importe total de la factura y el importe correspondiente a la retención.

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Es importante destacar que las facturas con retención no están exentas de ser incluidas en el modelo 347. Es decir, aunque el pago de la factura sea menor debido a la retención, el importe total de la operación debe incluirse en la declaración. De esta forma, Hacienda podrá conocer todas las operaciones realizadas por el autónomo, aunque estas tengan una retención de impuestos.

Además, en el caso de las operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros durante el año natural, deben incluirse en el Modelo 347. Es importante recordar que este límite se refiere al importe total de las operaciones realizadas con un mismo tercero, no al beneficio obtenido.

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En resumen, la facturación con retención debe ser incluida en el Modelo 347 de los autónomos y profesionales que trabajan por cuenta propia. Es importante tener en cuenta el límite de operaciones con terceros y asegurarse de incluir todas las operaciones que superen este importe.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se debe reflejar en el modelo 347 las facturas con retención emitidas y/o recibidas como autónomo?

En el modelo 347, las facturas con retención emitidas y/o recibidas por un autónomo se deben reflejar de la siguiente manera:
– Las facturas con retención emitidas se deben declarar en el apartado correspondiente a las operaciones realizadas con retención (clave L), indicando en el campo «Importe de la contraprestación» el importe total de la factura sin incluir la retención practicada y en el campo «Retención e ingreso a cuenta» el importe retenido.
– Por otro lado, las facturas con retención recibidas se deben declarar en el apartado correspondiente a las operaciones sujetas a retención (clave R), indicando en el campo «Importe de la contraprestación» el importe total de la factura sin incluir la retención sufrida y en el campo «Retención e ingreso a cuenta» el importe retenido.

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Es importante tener en cuenta que en ambos casos, la información que se debe reflejar es la correspondiente al ejercicio fiscal en el que se realizó la operación, independientemente de si se efectuó el cobro o pago en un ejercicio posterior. Además, se deben incluir todas las facturas con retención emitidas y/o recibidas que superen los 3.005,06 euros.

¿Qué consecuencias fiscales y legales pueden derivarse si no se declaran correctamente las facturas con retención en el modelo 347?

En el contexto de Autónomos, no declarar correctamente las facturas con retención en el modelo 347 puede tener graves consecuencias fiscales y legales. El modelo 347 es una declaración informativa que recoge todas las operaciones realizadas con terceros cuando la suma de ellas durante el año natural supere los 3.005,06 euros.

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Si se omite alguna de las facturas con retención o se declaran incorrectamente, Hacienda podría detectarlo y abrir un procedimiento de inspección y revisión de la declaración presentada. En caso de detectar irregularidades, se iniciaría un expediente sancionador cuya multa podría ascender hasta los 10.000 euros. Además, si se ha dejado de ingresar la retención correspondiente, también se enfrentaría a sanciones adicionales por parte de la Agencia Tributaria.

Por tanto, es importante prestar especial atención al cumplimiento de las obligaciones fiscales y legales derivadas de la presentación del modelo 347, especialmente en lo referente a la adecuada declaración de las facturas con retención.

¿Es obligatorio informar de todas las facturas con retención en el modelo 347 como autónomo, incluso si no superan el límite establecido por la Agencia Tributaria?

Sí, como autónomo estás obligado a informar de todas las facturas con retención en el modelo 347, aunque en conjunto no superen el límite establecido por la Agencia Tributaria. Esto se debe a que el objetivo de este modelo es facilitar el control de las operaciones realizadas por los autónomos con terceros, y en el caso de las facturas con retención se considera que existe una mayor probabilidad de fraude fiscal. Por tanto, aunque el importe total de estas facturas no supere el límite, deben ser incluidas en la declaración anual del modelo 347.

En conclusión, las facturas con retención son una herramienta importante para los autónomos a la hora de cumplir con sus obligaciones fiscales y contables. Es importante tener en cuenta que estas facturas deben ser declaradas en el modelo 347, para asegurarse de no incurrir en sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. Por lo tanto, es fundamental conocer bien el funcionamiento de este modelo y estar al día con su presentación. Además, utilizar un software de facturación que permita realizar estas retenciones de forma automática y llevar un control claro de las facturas emitidas y recibidas, puede ser de gran ayuda para los autónomos en su día a día.

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🚀Emprendedor compulsivo ⚡ Ceo & Founder de Ayudas Autónomos y Ludigital Solutions 🔥28 Proyectos a sus espaldas y los que quedan.. ✅Ayudando a las empresas a crecer desde el 2014

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