Todo lo que necesitas saber sobre la declaración trimestral del modelo 347 con o sin IVA para autónomos

En el mundo de los Autónomos, el modelo 347 es una declaración informativa anual que debe ser presentada ante la Agencia Tributaria. Una de las dudas más frecuentes de los Autónomos es si deben incluir en esta declaración las facturas con IVA o sin él. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el 347 con IVA o sin IVA, para que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales de manera correcta y eficiente.

Todo lo que debes saber sobre el Modelo 347: ¿Con o sin IVA?

El Modelo 347 es una declaración anual de operaciones con terceros que deben presentar los autónomos y las empresas. Esta declaración incluye las operaciones realizadas con proveedores o clientes que superen los 3.005,06 euros en el año natural. Es importante destacar que estas operaciones deben estar registradas en la contabilidad y ser coherentes con las declaraciones trimestrales de IVA.

¿Con o sin IVA? A diferencia de lo que ocurre en otras declaraciones fiscales, en el Modelo 347 se deben declarar las operaciones sin incluir el IVA correspondiente. Es decir, el importe que se debe reflejar es el total de la operación, sin desglosar el IVA.

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Este modelo debe presentarse antes del último día del mes de febrero de cada año y es necesario que tanto el autónomo o empresa que lo presente como los terceros con los que se haya tenido relación comercial estén dados de alta en Hacienda.

Si se omiten algunas operaciones superiores a los 3.005,06 euros, se podrían enfrentar sanciones económicas por parte de Hacienda. Por lo tanto, es fundamental llevar una buena gestión contable y no olvidar ninguna operación relevante para así evitar problemas en el futuro.

En resumen, el Modelo 347 es un trámite anual obligatorio que todos los autónomos y empresas deben presentar si han realizado operaciones comerciales con terceros que superen el límite establecido. Es importante declarar estas operaciones sin incluir el IVA y tener en cuenta la fecha límite para su presentación.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se debe reflejar el importe del modelo 347 en la declaración trimestral del IVA de un autónomo, con o sin IVA?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los autónomos y otros profesionales para informar a la Agencia Tributaria sobre aquellas operaciones realizadas con terceros que superen los 3.005,06€ durante el año fiscal. Es importante tener en cuenta que esta declaración no implica un pago, sino que es únicamente informativa.

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En cuanto a la declaración trimestral del IVA, no es necesario reflejar el importe del modelo 347 en ella, ya que se trata de dos declaraciones diferentes. La declaración trimestral del IVA es la forma en que los autónomos presentan y liquidan el IVA correspondiente a las operaciones realizadas durante ese periodo.

Es importante destacar que el importe declarado en el modelo 347 puede incluir o no el IVA, ya que dependerá de si se han realizado operaciones sujetas a IVA o no. Sin embargo, en la declaración trimestral del IVA siempre se debe incluir el IVA correspondiente a las operaciones realizadas durante ese periodo, ya que es obligatorio por ley.

En resumen, el importe del modelo 347 no debe reflejarse en la declaración trimestral del IVA, ya que se trata de dos declaraciones diferentes. Es importante asegurarse de incluir el IVA correspondiente a las operaciones realizadas durante el periodo en la declaración trimestral del IVA.

¿Cuáles son las obligaciones fiscales que deben cumplir los autónomos a la hora de presentar el modelo 347 y cómo afecta el IVA a estas obligaciones?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los autónomos a Hacienda si han realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor por un valor superior a 3.005,06€ durante el año natural anterior. Se trata de una obligación fiscal que tiene como objetivo detectar posibles prácticas fraudulentas como la facturación falsa, el ocultamiento de ingresos o la evasión fiscal.

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Para cumplir con esta obligación, el autónomo debe recopilar y agrupar todas las facturas emitidas o recibidas de un mismo cliente o proveedor durante el año anterior y declarar su importe total en el modelo 347 antes del final del mes de febrero. Además, debe incluir algunos datos identificativos del cliente o proveedor como su nombre, NIF o domicilio fiscal.

En cuanto al IVA, cabe destacar que el modelo 347 no tiene relación directa con este impuesto, ya que se trata de una declaración informativa y no de liquidación. Es decir, no se indica el IVA repercutido o soportado sino el importe total de las operaciones realizadas con un mismo cliente o proveedor.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que el IVA puede influir indirectamente en la obligación de presentar el modelo 347. Por ejemplo, si el autónomo ha realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor por un importe superior a 3.005,06€ pero no ha repercutido el IVA correspondiente, podría estar incumpliendo sus obligaciones tributarias y verse obligado a declararlo en el modelo 347. En este tipo de situaciones, es recomendable consultar con un asesor fiscal para evitar posibles errores o sanciones por parte de Hacienda.

¿Qué criterios se deben tener en cuenta para incluir operaciones con IVA en el modelo 347 de un autónomo y qué consecuencias tiene declararlas o no declararlas?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los Autónomos y empresas a la Hacienda Pública, en la que se declaran las operaciones con proveedores o clientes que hayan superado los 3.005,06€ en el año natural anterior.

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¿Qué criterios se deben tener en cuenta para incluir operaciones con IVA en el modelo 347?

En cuanto a las operaciones sujetas a IVA, es importante tener en cuenta que se deben declarar las operaciones que han sido objeto de factura y que han generado el devengo del impuesto. Es decir, aquellas operaciones por las que se ha emitido una factura con IVA y que se hayan producido dentro del plazo del periodo declarativo (mes de febrero).
Por tanto, no es obligatorio declarar aquellas operaciones en las que no se haya generado el devengo del impuesto o en las que se haya emitido una factura sin IVA.

¿Qué consecuencias tiene declararlas o no declararlas?

No declarar las operaciones con proveedores o clientes que superen los límites establecidos por la ley, puede acarrear sanciones económicas importantes por parte de la Agencia Tributaria. Además, la falta de declaración de estas operaciones también puede ser objeto de inspecciones fiscales, lo que supone un mayor coste en tiempo y recursos para el autónomo.

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Por otro lado, declarar operaciones que no estén sujetas a la obligación de ser declaradas también puede generar problemas, ya que podría dar lugar a comprobaciones por parte de la Agencia Tributaria y, en consecuencia, a un mayor tiempo y costes para el autónomo.

En conclusión, para evitar problemas y sanciones, es importante que los Autónomos tengan claro qué operaciones deben declarar en el modelo 347 y cuáles no, según los criterios establecidos por la ley.

En conclusión, al momento de emitir una factura con el modelo 347, es importante tener en cuenta si se debe incluir el IVA o no. En caso de que el importe total supere los 3.005,06 euros y se haya cobrado el IVA correspondiente, es necesario declarar el importe total con IVA incluido. Esto se debe realizar correctamente para evitar futuros problemas con la hacienda pública. Por lo tanto, es fundamental tener claros los conceptos y las normativas vigentes para llevar a cabo la gestión financiera de manera adecuada.

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🚀Emprendedor compulsivo ⚡ Ceo & Founder de Ayudas Autónomos y Ludigital Solutions 🔥28 Proyectos a sus espaldas y los que quedan.. ✅Ayudando a las empresas a crecer desde el 2014

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