¿El servicio militar cuenta para la jubilación? Todo lo que necesitas saber.

¡Hola a todos los autónomos! En esta ocasión, quiero compartir con ustedes una noticia muy interesante sobre la jubilación y el servicio militar. ¿Sabías que el tiempo que hayas pasado en el servicio militar también cuenta para poder jubilarte como autónomo? Esto puede ser de gran ayuda para muchos de nosotros que hemos cumplido con este deber patrio. ¡Sigue leyendo para saber más detalles y cómo puedes aprovecharlo!

El servicio militar puede sumar años cotizados para la jubilación de los autónomos: ¿Cómo funciona?

El servicio militar puede sumar años cotizados para la jubilación de los autónomos: En efecto, el tiempo que un autónomo dedique al servicio militar obligatorio o voluntario puede ser tenido en cuenta a la hora de calcular los años cotizados para la jubilación. En concreto, cada año que se haya cumplido en el ejército se computará como un año más cotizado en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

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¿Cómo funciona? Para poder hacer valer este período de servicio militar, el autónomo deberá solicitar un certificado acreditativo del mismo y presentarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social. En este certificado deberá constar la duración del servicio, así como el régimen de la Seguridad Social en el que se encuentra encuadrado el autónomo.

Es importante destacar que este tipo de cotización solo será posible si el autónomo no ha cotizado en ningún régimen de la Seguridad Social durante el tiempo que ha durado su servicio militar. En caso contrario, no se podrá sumar el período de servicio a la cotización ya realizada.

En resumen, el servicio militar puede sumar años cotizados para la jubilación de los autónomos, siempre y cuando se solicite el certificado acreditativo y no se hayan realizado cotizaciones previas durante ese período.

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Preguntas Frecuentes

¿El tiempo de servicio militar obligatorio computa para la jubilación como autónomo?

No, el tiempo de servicio militar obligatorio no computa para la jubilación como autónomo. Sólo se tendrán en cuenta los períodos cotizados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para calcular la pensión de jubilación. Por tanto, el tiempo de servicio militar obligatorio no se considera como un período cotizado en el RETA.

¿Cómo puedo solicitar que se reconozca el periodo de servicio militar en mi carrera laboral como autónomo?

Para solicitar que se reconozca el periodo de servicio militar en tu carrera laboral como autónomo, debes seguir estos pasos:

1. Reúne toda la documentación necesaria que acredite que has cumplido con el servicio militar obligatorio. Esto incluye el certificado de haber prestado servicio (cartilla) y el informe de vida laboral.

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2. Solicita una cita con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para presentar la documentación y hacer la solicitud formal.

3. En la cita, explica que deseas que se reconozca el período de servicio militar en tu carrera laboral como autónomo y presenta los documentos que demuestren tu cumplimiento del servicio.

4. El INSS o la TGSS verificarán la información proporcionada y, si es correcta, incluirán el período de servicio militar en tu vida laboral.

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5. Una vez que se haya incluido el período de servicio militar en tu vida laboral, podrás solicitar una revisión de tu cotización y acceder a las prestaciones que correspondan.

Recuerda que este proceso puede variar según tu país de residencia, por lo que es importante que te informes sobre los procedimientos específicos en tu caso.

¿Qué requisitos son necesarios para que el servicio militar obligatorio sea considerado para la jubilación como autónomo?

El servicio militar obligatorio no se considera entre los períodos de cotización para la jubilación como autónomo. En España, el acceso al servicio militar dejó de ser obligatorio en el año 2001. Sin embargo, existen otras modalidades de prestación del servicio militar (voluntario, de carácter profesional) que pueden generar derechos a prestaciones sociales y aportaciones a la Seguridad Social. En cualquier caso, la inclusión del servicio militar como período de cotización solo se produciría si la normativa actual lo contemplara de manera expresa como hecho causante de algún tipo de cotización.

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En definitiva, el servicio militar computa para la jubilación de los autónomos que hayan prestado sus servicios a las Fuerzas Armadas. Este periodo puede ser considerado como cotizado si se acredita mediante el certificado correspondiente. Es importante que los autónomos que hayan desempeñado esta labor no pierdan la oportunidad de incluir estos años en su historial laboral, ya que esto puede influir significativamente en el cálculo de su pensión en el futuro. Por tanto, es necesario estar al tanto de los requisitos y trámites necesarios para hacer efectivo este periodo cotizado y garantizar una jubilación tranquila y adecuada.

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🚀Emprendedor compulsivo ⚡ Ceo & Founder de Ayudas Autónomos y Ludigital Solutions 🔥28 Proyectos a sus espaldas y los que quedan.. ✅Ayudando a las empresas a crecer desde el 2014

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