Todo lo que necesitas saber sobre la declaración de facturas con retención en el modelo 347

En este artículo vamos a hablar sobre una duda muy común entre los autónomos: ¿las facturas con retención se deben declarar en el modelo 347? La respuesta es sí, y en este texto te explicaremos todas las claves para hacer la declaración correctamente. ¡No te pierdas este imprescindible consejo para tus finanzas!

¿Cómo incluir facturas con retención en la declaración del modelo 347 para autónomos?

Para incluir facturas con retención en la declaración del modelo 347 para autónomos, primero es importante identificar qué facturas están sujetas a retención. Las facturas emitidas por otros autónomos o empresas que superen los 3.005,06€ anuales están sujetas a retención del IRPF.

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Para incluirlas en el modelo 347, hay que indicar su importe sin contar la retención, ya que esta se declarará después. Es decir, en el modelo 347 se declarará solo el importe de la factura sin la retención y se añadirá una nota que detalle el porcentaje de retención aplicado y el importe retenido.

Es importante tener en cuenta que en caso de haber sido objeto de retenciones, estas se deberán declarar en el modelo 190 correspondiente al trimestre en el que se efectuó la retención.

En resumen, para incluir facturas con retención en el modelo 347 para autónomos, se debe declarar el importe de la factura sin la retención y añadir una nota explicativa detallando el porcentaje de retención aplicado y el importe retenido.

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Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio incluir en el modelo 347 todas las facturas emitidas con retención aunque no se hayan cobrado?

Sí, es obligatorio incluir en el modelo 347 todas las facturas emitidas con retención aunque no se hayan cobrado.

El modelo 347 es una declaración informativa anual que deben presentar todas aquellas personas o entidades que durante el año hayan realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros en total.

En el caso de los autónomos, deberán incluir en el modelo 347 todas las facturas emitidas a sus clientes, tanto si han sido cobradas como si no, siempre y cuando el total de las mismas supere el mencionado límite.

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Es importante destacar que, en el caso de facturas con retención, deberá incluirse el importe total de la factura, no solo el importe recibido tras la correspondiente retención. Además, también deberá incluirse el importe de la retención practicada y el número de identificación fiscal del cliente que ha realizado la retención.

En resumen, todas las facturas emitidas con retención deben ser incluidas en el modelo 347, independientemente de si se han cobrado o no.

¿Qué sucede si no se declaran las facturas con retención en el modelo 347?

Si un Autónomo no declara las facturas con retención en el modelo 347, puede enfrentar consecuencias negativas por parte de la Agencia Tributaria. El modelo 347 es una obligación fiscal que deben cumplir los Autónomos y empresas para informar sobre todas las operaciones realizadas con terceros durante el año, siempre y cuando el importe de las mismas supere los 3.005,06 euros anuales.

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En el caso específico de las facturas con retención, se deben declarar en el modelo 347 independientemente de su importe. Si se omiten estas facturas, la Agencia Tributaria lo considerará una infracción y podrá imponer una sanción económica al Autónomo. Además, al no declarar estas facturas correctamente, el Autónomo también corre el riesgo de ser objeto de una inspección tributaria.

No declarar las facturas con retención puede generar problemas a corto y largo plazo, por lo que es importante que todo Autónomo cumpla con esta obligación fiscal para evitar posibles sanciones. Es recomendable llevar un registro adecuado de todas las facturas emitidas y recibidas, así como sus correspondientes retenciones, para facilitar la declaración del modelo 347. Si un Autónomo tiene dudas sobre cómo cumplir con esta obligación fiscal, es recomendable buscar asesoramiento fiscal profesional para evitar errores que puedan acarrear sanciones.

¿Cómo se deben incluir las facturas con retención en el modelo 347 si se han emitido a clientes extranjeros?

En el caso de que como autónomo hayas emitido facturas con retención a clientes extranjeros, no deberás incluir estas facturas en el modelo 347.

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El modelo 347 es una declaración informativa anual en la que se deben incluir las operaciones realizadas con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales. Sin embargo, si has emitido facturas con retención a clientes extranjeros, es importante tener en cuenta que estas retenciones no tendrán la misma consideración fiscal que las realizadas a clientes nacionales.

En este sentido, es necesario señalar que las retenciones practicadas a clientes extranjeros no son deducibles en la declaración trimestral del IVA, por lo que tampoco deben ser incluidas en el modelo 347. No obstante, es recomendable que conserves toda la documentación relacionada con estas facturas y retenciones por si fueran requeridas por la Administración Tributaria en el futuro.

En conclusión, es importante recordar que las facturas con retención deben ser incluidas en el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceros. Este trámite es obligatorio para todos los autónomos y empresas que hayan superado el límite establecido por la Agencia Tributaria. No realizar esta declaración puede acarrear sanciones económicas. Por lo tanto, es fundamental que los autónomos se informen y cumplan con todas las obligaciones fiscales correspondientes, incluyendo la declaración de las facturas con retención en el modelo 347.

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🚀Emprendedor compulsivo ⚡ Ceo & Founder de Ayudas Autónomos y Ludigital Solutions 🔥28 Proyectos a sus espaldas y los que quedan.. ✅Ayudando a las empresas a crecer desde el 2014

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