Autónomos: ¿Qué ayudas hay para éstos trabajadores?

El avance que se han presentado en torno a la cantidad de autónomos se traduce en un incremento del 1,3%, demostrando que el 2016 ha sido el cuarto año en fila, donde se ha registrado el crecimiento de autónomos durante los primeros seis meses del año.

Por otra parte, en 40 de las 50 provincias de España se ha reportado un aumento en el número de autónomos.

Sin embargo, los autónomos han sido víctimas de los efectos de la crisis económica, pero también han percibido como en los últimos años varias ayudas para su crecimiento. A continuación te mostramos algunas de las ayudas aprobadas.

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Tarifa plana de 50 euros

Durante el 2013 se admitió el Real Decreto Ley 4/2013, que contemplaba la posibilidad de que los autónomos efectuaran el pago de una cuota reducida a la Seguridad Social. Consecuentemente,  con la Ley 31/2015 se reguló esta tarifa que se basa en una disminución de la cuota a pagar durante un periodo de tiempo.

Esto representó una indispensable reducción en la cuota a pagar. Incluso en la Comunidad de Madrid se extendió a 12 meses la tarifa plana de 50 euros, de manera que si se totaliza el lapso de reducción estatal y el de la Comunidad, el resultado es de 18 meses de duración de la rebaja.

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Posibilidad de capitalizar el paro

En referencia a las personas que están en situación de desempleo, podrán recibir una prestación contribuida, si aspiran a iniciar una actividad por cuenta propia, con la posibilidad de capitalizar el paro y recibir una indemnización exclusiva por el importe total.

Sin embargo, esto será posible una vez que tengan pagos pendientes por cobrar y que queden como mínimos 3 meses por recibir.

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Retenciones en el Impuesto sobre la Renta

En caso de que te hayas iniciado como trabajador autónomo recientemente, durante los primeros dos años, tendrás que emplear una retención del 7% de IRPF en tus facturas.  Pero una vez que trascurra este periodo deberás retener un 15%.

Compatibilizar el paro y trabajo por cuenta propia

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Uno de los inconvenientes principales que los autónomos han tenido durante varios años,  era la imposibilidad de conciliar el cobro del paro y el trabajo por cuenta propia, debido a que al comenzar con su actividad no poseían ingresos y tenían que pagar una cuota muy elevada con independencia de los beneficios que hubieran adquirido.

En la actualidad, se plantea que si una persona posee menos de 30 años, en el momento que se estrene como autónomo, podrá compatibilizar el paro con su trabajo independiente. El lapso límite para esta compatibilización es de 270 días.

Ayuda para la conciliación de los autónomos

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Los autónomos que se hagan con el servicio de un trabajador a tiempo parcial o completo para poder cuidar de un niño de siete años o a un familiar en condición de dependencia, serán acreedores de una bonificación del 100% (o 50% en caso de que el contrato sea a tiempo parcial) en la cuota por casualidades comunes.

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