Descubre quién está exonerado del modelo 390: Todo lo que necesitas saber

¡Hola! En el artículo de hoy en AyudasAutonomos, vamos a hablar sobre quiénes están exonerados del modelo 390. Descubre cuáles son las situaciones en las que no tendrás que presentar este modelo y cómo esto puede afectar a tus obligaciones fiscales como autónomo.

¿Quiénes están exentos de presentar el modelo 390 como autónomos?

Los autónomos están exentos de presentar el modelo 390 cuando no realizan operaciones intracomunitarias ni adquisiciones intracomunitarias de bienes o servicios sujetas a IVA. Sin embargo, es importante recordar que esta exención solo aplica si no hay ninguna operación de este tipo durante el año fiscal. En caso contrario, será necesario presentar el modelo 390.

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los autónomos que están exonerados de presentar el modelo 390?

En el contexto de Autónomos, los autónomos que están exonerados de presentar el modelo 390 son aquellos que estén acogidos al sistema de módulos y no superen los límites establecidos por la normativa fiscal. La presentación del modelo 390 es obligatoria para los autónomos que desarrollan actividades económicas en estimación directa simplificada o normal, pero aquellos que tributan en módulos pueden estar exentos de esta obligación. Es importante tener en cuenta que esta exoneración puede variar dependiendo de la legislación vigente y las condiciones específicas de cada autónomo. Recuerda siempre consultar con un asesor fiscal para obtener información actualizada y precisa sobre tus obligaciones tributarias como autónomo.

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¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para estar exonerados de presentar el modelo 390?

Los autónomos están exonerados de presentar el modelo 390 si cumplen con los siguientes requisitos:

1. Régimen simplificado del IVA: Deben estar acogidos al régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), también conocido como el régimen de estimación objetiva.

2. Volumen de operaciones: El volumen total de operaciones realizadas durante el año anterior no debe superar los 35.000 euros para el conjunto de actividades económicas desarrolladas. En el caso de que se realicen actividades ganaderas, agrícolas o forestales, este límite se reduce a 75.000 euros.

3. Más de una actividad: Si el autónomo realiza más de una actividad económica, la suma de los ingresos obtenidos en todas ellas no debe superar los límites mencionados anteriormente.

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Es importante tener en cuenta que, aunque se cumplan estos requisitos, es necesario conservar la documentación justificativa de las operaciones realizadas y estar preparado para presentarla en caso de ser requerida por la Administración Tributaria. Además, es necesario presentar el modelo 300 o 303, según corresponda, de forma periódica para declarar el IVA.

¿Cómo puedo saber si estoy exonerado del modelo 390 como autónomo?

Para determinar si estás exonerado de presentar el modelo 390 como autónomo, debes considerar los siguientes puntos:

1. **Volumen de operaciones**: Si tus ingresos durante el año natural anterior no superan los 600.000 euros para ventas de bienes o servicios, así como las entregas de bienes intracomunitarios o las adquisiciones intracomunitarias de bienes, estarás exonerado de presentar el modelo 390.

2. **Situación geográfica**: Si realizas operaciones exclusivamente dentro del territorio peninsular español, con excepción de Ceuta y Melilla, también estarás exento de presentar este modelo.

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3. **Actividades especiales**: Algunas actividades pueden hacer que estés exonerado de presentar el modelo 390, como las de arrendamiento de viviendas (con ciertas excepciones), seguros y reaseguros, y actividades financieras.

Es importante destacar que aunque estés exonerado de presentar el modelo 390, es posible que debas cumplir con otras obligaciones fiscales y presentar otros modelos informativos según corresponda a tu situación como autónomo.

Finalmente, te recomiendo que consultes con un asesor fiscal o contable para verificar tu situación específica y asegurarte de cumplir correctamente con todas las obligaciones tributarias.

En conclusión, el modelo 390 es una declaración informativa que deben presentar los autónomos ante la Agencia Tributaria para resumir todas las operaciones económicas realizadas durante el año fiscal. Sin embargo, existen casos en los que los autónomos quedan exonerados de esta obligación.

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Por un lado, aquellos trabajadores por cuenta propia que estén acogidos al régimen simplificado de IVA o al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca no están obligados a presentar el modelo 390. Esta exoneración aplica siempre y cuando no hayan realizado operaciones intracomunitarias ni hayan estado en régimen del recargo de equivalencia.

Además, los autónomos que hayan cesado su actividad antes del 1 de octubre del año fiscal tampoco están obligados a presentar esta declaración. Sin embargo, es importante mencionar que deben comunicar su cese de actividad ante la Administración Tributaria.

Finalmente, los autónomos que estén acogidos al régimen de módulos tampoco tienen que presentar el modelo 390, ya que este régimen tiene sus propias declaraciones informativas.

Es fundamental que los autónomos conozcan estas exoneraciones para evitar posibles sanciones y cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales. Si tienes dudas sobre tu situación particular, es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado.

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